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El Gobierno amplía a siete años el plazo para sustituir los contadores de agua en servicio

El Ministerio de Industria y Turismo ha aprobado la Orden ITU/1072/2025, de 26 de septiembre, publicada en el Boletín Oficial del Estado (BOE), mediante la cual se modifica la Orden ICT/155/2020, de 7 de febrero, que regula el control metrológico del Estado de determinados instrumentos de medida.

La nueva orden amplía el plazo máximo de sustitución de los contadores de agua de cinco a siete años, dando así respuesta a las dificultades detectadas para renovar los dispositivos dentro del periodo inicial previsto.

 

Ampliación del plazo de sustitución de contadores

El cambio principal introducido por la Orden ITU/1072/2025 afecta al apartado 4 del anexo III de la Orden ICT/155/2020, que regula la vida útil de los contadores de agua limpia.
A partir de ahora, se establece que los contadores que superen su vida útil —fijada en doce años— podrán permanecer en servicio hasta siete años desde la entrada en vigor de la normativa de 2020, es decir, hasta octubre de 2027.

El Ministerio justifica esta medida por la imposibilidad técnica y logística de sustituir los contadores en el plazo original, debido a circunstancias como los efectos de la pandemia de COVID-19 o la falta de disponibilidad de equipos en el mercado.

 

Principios de buena regulación

La norma se adecúa a los principios de necesidad, eficacia, proporcionalidad, seguridad jurídica, transparencia y eficiencia, establecidos en el artículo 129 de la Ley 39/2015, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

De acuerdo con el texto, la modificación no genera nuevas cargas administrativas ni implica impacto presupuestario, manteniendo la coherencia con el resto del ordenamiento jurídico. Además, se subraya que la orden ha contado con la participación de las comunidades autónomas y el informe favorable del Consejo Superior de Metrología.

 

Condiciones técnicas y responsabilidades

Entre las novedades, se establece que los contadores no podrán ser reparados ni modificados, y que podrán ampliar su vida útil por periodos adicionales de cinco años si el gestor demuestra que cumplen los requisitos de verificación metrológica.
Asimismo, cuando el propietario del contador sea el consumidor, podrá delegar las gestiones en el gestor del servicio de agua, mediante documento firmado, o bien dejar que la administración competente determine el procedimiento.

 

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